En el año 2009 un empleado de comercio trabajó durante los meses de enero, febrero y marzo 8 horas y desde abril a septiembre por razones de estudio redujo su horario a 4 horas. Dicho empleado renuncia con fecha 30/09/2009, sin tomarse vacaciones en este año. ¿Cuál es la base para la liquidación de las vacaciones no gozadas?
A los efectos del cálculo de la indemnización por vacaciones no gozadas, el empleador tiene que tomar el sueldo del mes de septiembre de 2009. >
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En el año 2009 un empleado de comercio trabajó durante los meses de enero, febrero y marzo 8 horas y desde abril a septiembre por razones de estudio redujo su horario a 4 horas. Dicho empleado renuncia con fecha 30/09/2009, sin tomarse vacaciones en este año. ¿Cuál es el bruto -base para la liquidación de las vacaciones no gozadas-?
A los efectos del cálculo de las vacaciones no gozadas, el empleador tiene que tomar el sueldo del mes de septiembre de 2009. >
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¿Para el cálculo del sueldo anual complementario se toma en cuenta las vacaciones?
Cuando se realiza el cálculo del sueldo anual complementario, la Ley de Contrato de Trabajo expresa que se tiene que tomar la mejor remuneración devengada por todo concepto en el semestre, por lo tanto se incluyen las vacaciones, con la salvedad que si la liquidación de las vacaciones abarca dos mes, hay que devengar los días que corresponden a cada mes.
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¿En el caso de que un empleado haya estado accidentado, hay alguna variación en la forma de liquidar las vacaciones y en la cantidad de días a gozar?
Cuando un trabajador se encuentra en licencia por enfermedad inculpable o accidente de trabajo, se considera tiempo trabajado para el cómputo del tiempo de vacaciones. Por lo tanto, se debe considerar el tiempo que estuvo de baja como trabajado y devenga días de vacaciones.
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¿Una empresa con 4 empleados puede otorgar las vacaciones fuera del período fijado en la Ley de Contrato de Trabajo de común acuerdo con el empleado? Se trata de una empresa ubicada en el Partido de Pinamar, que por su actividad necesita otorgar las vacaciones en invierno. ¿Existe alguna ley que permita esto?
De acuerdo a lo establecido en el artículo 154 de la Ley de Contrato de Trabajo las vacaciones se conceden entre el 1º de octubre y el 30 de abril de cada año pero la autoridad de aplicación podrá autorizar la concesión de vacaciones en períodos distintos, cuando las... >
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¿Un empleado que reingresa después de haberse jubilado mantiene la antigüedad para el pago de dicho concepto (antigüedad) y para las vacaciones?
De acuerdo al artículo 18 de la Ley de Contrato de Trabajo mantiene su antigüedad para las vacaciones y adicionales basados en ella.
Libro recomendado:
[Administración y Liquidación de Sueldos y Jornales (8º Edición)->http://datos.aplicacion.com.ar/ecommerce2/vidriera.asp?lib=987-1099-95-5] >
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En el caso de una empleada del servicio doméstico que posee 5 años de servicios con los aportes y contribuciones correspondientes; ¿cuántos días de vacaciones le corresponden?
A la trabajadora doméstica le corresponden 15 días hábiles de vacaciones si la antigüedad es superior a 5 años e inferior a 10 años.
Libro recomendado:
[Trabajadores de Servicio Doméstico (Autora: Marcela Medrano)->http://datos.aplicacion.com.ar/ecommerce2/vidriera.asp?lib=9871487035] >
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Los días en los cuales un establecimiento cierra por vacaciones, ¿se pagan como días normales o como vacaciones?
Los días excedentes a las vacaciones del trabajador en los cuales el establecimiento está cerrado, se abonan como días normales. >
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A un empleado de comercio le corresponden 21 días de vacaciones y comenzó las mismas a partir del 22/12/2007. ¿Cómo se consideran los días feriados que se encuentran entre dichas fechas (del 22/12/2007 al 11/01/2008)? ¿Se consideran incluidos en la liquidación de las vacaciones o se liquidan en forma separada? ¿Cómo se liquidan las vacaciones?
Los días feriados que quedan dentro de las vacaciones, el empleado los pierde, es decir no los cobra.
La liquidación de las vacaciones se efectúa de la siguiente manera: Sueldo/25 días x Días de vacaciones según la antigüedad en... >
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Un empleador que tiene un comercio ¿Puede otorgar a su empleado las vacaciones en dos partes o deben ser tomadas las mismas de una sola vez?
Las vacaciones se otorgan todas juntas, no se permite el fraccionamiento de las mismas. >
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¿El cálculo de las vacaciones se realiza teniendo en cuenta las sumas remunerativas y no remunerativas?
Para el cálculo de las vacaciones no se toman los conceptos no remunerativos.
Libro recomendado:
[
Administración y Liquidación de Sueldos y Jornales(8º edición)->http://datos.aplicacion.com.ar/ecommerce2/vidriera.asp?lib=987-1099-95-5] >
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